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Fecha de publicación:
23/11/2021
La Sunedu anunció recientemente que las universidades y escuelas de posgrado licenciadas podrán continuar “prestando los servicios educativos de sus programas autorizados en modalidades no presenciales o mixtas, sin necesidad de pasar previamente por un procedimiento de modificación de licencia”, de acuerdo con la nota de prensa publicada en su portal.
Hay que señalar que esta medida, vigente hasta el 31 de diciembre de 2022, es temporal y excepcional, y busca contribuir con el retorno progresivo del servicio educativo presencial.
En ese sentido, la nota señala que esta disposición “permitirá que las universidades dispongan de tiempo para revisar y reestructurar sus modelos educativos, definir sus estrategias de adecuación a la enseñanza no presencial, así como incorporar los recursos necesarios que permitan garantizar la sostenibilidad de su oferta también en las modalidades semipresenciales y a distancia”.
Por otro lado, se precisa que esta excepción no es aplicable para los nuevos programas que las universidades pretendan crear en modalidad semipresencial o a distancia. Para ello, se tendrá que cumplir con lo dispuesto en la Resolución del Consejo Directivo N° 105-2020-SUNEDU/CD.
Ante ello, la Secretaría General anunció que los programas de la PUCP que, a partir del 1 de enero de 2023, pretendan ofertar otras modalidades no licenciadas deberán, obligatoriamente, solicitar la aprobación en las instancias correspondientes de la Universidad.
La oficina de licenciamiento de la Dirección de Asuntos Académicos (DAA) asesorará a las unidades académicas en dicho proceso e iniciará las capacitaciones correspondientes en breve.
Estas disposiciones fueron aprobadas por el Consejo Directivo de la Sunedu a través de la Resolución N.º 121-2021-Sunedu/CD
Fuente: Portal del Profesorado