Vida universitaria

Comité de intervención frente al hostigamiento sexual: ¿Cuál es el procedimiento en estos casos?

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Fecha de publicación:

11/5/2021

A casi cuatro meses de la instalación del Comité de intervención frente al hostigamiento sexual, explicamos los avances de la Universidad sobre  el tema, el trabajo del propio Comité y el procedimiento.

La PUCP tiene el compromiso de luchar por la equidad y contra todo tipo de violencia de género, que es parte también de nuestro propósito de formar ciudadanos y ciudadanas que se comprometan con la búsqueda de una sociedad más justa. En esa línea, se ha venido realizando esfuerzos permanentes por mejorar nuestros procedimientos e involucrar en ello a toda la comunidad universitaria.

Uno de los aspectos más importantes ha sido la inclusión, en el Reglamento Unificado de Procedimientos Disciplinarios, de un apartado para los Procedimientos en casos de hostigamiento sexual aplicado a estudiantes, docentes y predocentes.

El Reglamento Unificado de Procedimientos Disciplinarios de la PUCP califica al hostigamiento sexual como una falta muy grave.

Como parte de la entrada en vigencia del Reglamento Unificado, a inicios de este año se instaló el Comité de intervención frente al hostigamiento sexual, integrado por el defensor universitario, Johnny Zas Friz; la profesora de Derecho Ingrid Díaz; y la representante estudiantil Brenda Santa María.

El Comité se encarga de recibir las denuncias y descargos, canalizar la atención médica o psicológica de la víctima, y, de ser necesario, otorgar medidas de protección. Posteriormente, estos casos serán derivados a la Secretaría Técnica de Procedimientos Disciplinarios.

El procedimiento en casos de hostigamiento sexual se inicia con una denuncia virtual, que puede ser presentada por la víctima, un miembro de la comunidad PUCP o el mismo Comité puede actuar de oficio.

Una vez que la denuncia sea recibida, el Comité de intervención frente al hostigamiento sexual actúa en la etapa de precalificación, que dura 15 días calendario. En este tiempo se realiza la investigación preliminar y se elabora el informe de precalificación para ser visto en la siguiente etapa por la Secretaría Técnica de Procedimientos Disciplinarios. Además, de ser necesario, se brindan las medidas de protección a favor de la víctima y otros mecanismos de apoyo.

Cabe indicar que el procedimiento en casos de hostigamiento sexual consta de tres etapas:

  1. Precalificación: en la que se investiga el hecho denunciado.
  2. Instrucción: en el que la Secretaría Técnica hace una investigación profunda del hecho denunciado.
  3. Decisoria: donde el Consejo de la facultad a cargo decide la sanción correspondiente.

Para conocer más sobre el Comité de intervención y el proceso que se sigue en casos de hostigamiento sexual, puede ver el siguiente video:



Si es víctima de hostigamiento sexual o conoce de algún caso, no dude en denunciarlo al Comité de intervención frente al hostigamiento sexual, que siempre asegurará la confidencialidad y la no revictimización.

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